(Reg. 27) DOCUMENTO. Reconocimiento por parte de Juan Antonio Turull de pago por los trabajos llevado a cabo en el 贸rgano del templo parroquial de Belmonte. Pub. THOMSON LLISTERRI, Teresa, Las Artes..., 2002, pp. 261-262.

1760, abril, 10 - BELMONTE

脕poca por la que Juan Antonio Turull, maestro organero y vecino de la villa de Calanda, reconoce haber recibido cuatrocientas treinta y cuatro libras y seis sueldos de moneda valenciana del Ayuntamiento de Belmonte por la f谩brica del 贸rgano de su iglesia parroquial. Obra que acaba de concluirse.

A.H.P.A. (Archivo Hist贸rico de Protocolos de Alca帽iz), Jose Rebullida y Faci, sign. 99, ff. 266r.-266v.


/266r./ (Al margen: 脕poca)

En la villa de Belmonte, a diez d铆as del mes de abril de mil setecientos sessenta a帽os.

Que yo, Juan Antonio Trull, maestro horganero, vecino de la villa de Calanda y hallado al presente en esta villa de Belmonte, atendido y considerado haver construydo un h贸rgano en la parroquial de esta dicha villa de Belmonte, por precio de seyscientas cinquenta libras de moneda valenciana, con diferentes pactos y condiciones, seg煤n que uno y otro resulta de la escritura de convenio y ajuste pactada entre el Ayuntamiento de dicha villa y yo, el otorgante, fue hecha en dos de junio del a帽o passado de mil setecientos quarenta y siete, por escritura que pass贸 ante Pedro Sess茅, escribano, residente en dicha villa, a que me refiero.

Atendido y considerado que en el presente d铆a se alla fenecido dicho h贸rgano. Y por el Ayuntamiento de dicha villa se me ha pidido otorgue 谩poca de las cantidades que hasta el presente d铆a de oy huviese percibido a cuenta de dicho h贸rgano, para que conste y sirva de resguardo en todo tiempo al Ayuntamiento de dicha villa.

Por tanto et alias de mi buen grado y cierta ciencia, certificado de todo mi derecho, otorgo aver recibido del Ayuntamiento de la villa de Belmonte la cantidad de quatrocientas treynta y quatro libras y seys sueldos, todo de moneda valenciana. Renunciando a la excepci贸n /266v./ de frau etc.

Y otorgo la presente 谩poca de la expresada cantidad arriba ynserta, para que en todo tiempo conste y sirva de resguardo a dicha villa y su Ayuntamiento. Y prometo aver por firme esta escritura y contra ella no hir ni contravenir en tiempo alguno, baxo la obligaci贸n que para ello ago de mi persona y bienes muebles y sitios etc. De los quales etc. Y que esta obligaci贸n sea especial etc., con cl谩usulas de execuci贸n precario constituto, aprehensi贸n, sequestro, ynventario, emparamento etc., renuncio etc., juzm茅tome etc., y en especial a los se帽ores reguente y juezes de la Real Audiencia de Arag贸n etc., ex quibus, fiat largue etc.

Testes: Joseph Sess茅, maestro aboticario, y Jacinto Miguel, labrador, en dicha villa de Belmonte habitantes.

Juan Antonio Turull, otorg贸 lo dicho (aut贸grafo)
Joseph Sess茅, soy testigo de lo sobredicho y lo firmo por Jacinto Miguel, mi contestigo, que dixo no sab铆a escrivir (aut贸grafo)

Rebullida (firma)
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